1 -. CUIDADOS POST MORTEM
Los cuidados post mortem son aquellos que se efectúan después de la muerte, una vez que el médico ha firmado el certificado de defunción o fallecimiento del paciente.
Después de prestar los cuidados necesarios, el cadáver se trasladará al velatorio del hospital o residencia, un tanatorio, al quirófano para donación de órganos o a la sala de necropsias.
1.1 -. La muerte, conceptos y signos.
La muerte es el ceso o finalización irreversible de toda actividad vital, en términos legales es el cese total de la actividad cerebral.
A - Signos precoces de muerte
- Cese de la función respiratoria
- Ausencia de respiración o apnea.
- Al auscultar el tórax, no se escuchan ruidos respiratorios.
- Ausencia de pulso arterial.
- Ausencia de ruidos cardiacos a la auscultación.
- Electrocardiograma plano (sin actividad cardiaca)
- Pérdida de sensibilidad ante estímulos muy intensos.
- Inmovilidad, ausencia de reflejos, midriasis (dilatación de la pupila que puede ser fisiológica, como consecuencia de la disminución de luz, o secundaria de diferentes patologías y fármacos que actúan sobre el sistema nervioso).
- Eletroencefalograma plano (sin actividad cerebral) se utiliza como diagnóstico cierto de muerte.
B - Signos tardíos de muerte.
- Algor mortis (enfriamiento cadavérico)
- Rigor mortis (rigidez cadavérica)
- Deshidratación
- Putrefacción
1.2 -. La necropsia
Procedimiento médico que emplea la disección, con el fin de obtener información privada anatómica sobre la causa, naturaleza, extensión y complicaciones de la enfermedad que sufrió en vida el sujeto y que permite formular un diagnóstico médico final o definitivo para dar una explicación de las observaciones clínicas dudosas y evaluar un tratamiento dado.
A - Necropsia Clínica o Anatomopatológica
- Cuando se quiere conocer causa de la muerte.
- La puede solicitar:
–Médico con consentimiento familiar.
–Familia que corre con los costes.
- La realiza un anatomopatólogo.
- Si se sospecha patología peligrosa para la población se puede realizar sin consentimiento familiar pero con autorización judicial .
B - Necropsia Judicial o Médico-legal
- La ordena un juzgado.
- La realiza un médico forense.
- A cualquier paciente cuya causa se no natural o sospechosa aún cuando haya demora entre el hecho causal y el fallecimiento.
- Fallecimientos de individuos jóvenes sin causa conocida de muerte, sin enfermedad grave conocida, o con sospecha o indicios de intoxicación
- No se realiza certificado de defunción hasta esclarecimiento de la causa.
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